POLIZA DE MONTAJE

Cuando se realiza un proyecto de construcción o montaje de infraestructura, es necesario  contar con un seguro que cubra los riesgos que esto puede conllevar, como lo son los daños materiales accidentales súbitos e imprevistos.

Si no estás familiarizado con esta cobertura o nunca has escuchado de esta póliza.

Aquí te explicamos todo lo que necesitas saber de una manera sencilla.

Una póliza de seguro de montaje es un tipo de seguro que cubre los riesgos relacionados con la instalación y montaje de maquinaria, equipos e infraestructuras.

Esta póliza es esencial para proyectos de construcción que involucran el ensamblaje de componentes complejos, como plantas industriales, antenas telefónicas, elevadores, turbinas en hidroletreicas,  calderas, aires acondionados, vallas publicitarias, entre otros.

¿Por Qué es Importante?

El montaje implica varios riesgos, como daños físicos a los equipos, errores de montaje, y accidentes durante la instalación.

COBERTURAS

Entre las coberturas principales de la póliza se pueden mencionar:

  • Errores durante el montaje: Si algo sale mal durante la instalación o montaje de la maquinaria o equipos, el seguro cubre los daños.
  • Descuido o actos malintencionados: Si algún trabajador o persona externa comete un error por descuido, falta de habilidad, o incluso de manera intencional, el seguro se hace cargo de los daños.
  • Caídas y accidentes: Si una parte de la maquinaria o equipo se cae debido a la rotura de cables o cadenas, o si el equipo de montaje se hunde o desliza, el seguro cubre estos incidentes.
  • Robo: Si alguien entra al lugar de montaje usando la fuerza o violencia y roba o daña los bienes asegurados, el seguro cubre estas pérdidas, siempre y cuando haya señales visibles del acto y se presente una denuncia ante las autoridades.
  • Incendio, rayo y explosión: Si ocurre un incendio, una explosión o un rayo daña los equipos o la infraestructura, el seguro cubre los daños.
  • Hundimientos o deslizamientos: Si la tierra se hunde o se desliza, provocando daños a los equipos o maquinaria, el seguro cubre estos incidentes.
  • Problemas eléctricos: Si hay un cortocircuito, un arco eléctrico, o algún problema eléctrico causado por una tormenta, el seguro cubre los daños.
  • Caída de aviones: Si un avión o parte de él cae y daña los equipos o infraestructura, el seguro cubre estos daños.
  • Otros accidentes: El seguro también cubre otros tipos de accidentes que pueden ocurrir durante el montaje y las pruebas de funcionamiento de equipos nuevos.
Exclusiones:
1. Dolo o culpa grave del Asegurado o de su representante responsable del montaje, siempre y cuando el dolo o la culpa grave sean atribuibles a dichas personas directamente.
2. Actividades u operaciones de guerra declarada o no, hostilidades, invasión de enemigo extranjero, guerra intestina, revolución, rebelión, insurrección, asonadas, ley marcial,
conmoción civil, motines, conspiraciones, poder militar u usurpado, confiscación, requisición o destrucción de bienes por orden de cualquier autoridad nacional, departamental o
municipal, huelgas, disturbios políticos y sabotaje con explosivos.
3. Explosiones nucleares y contaminación radioactiva.
4. Lucro cesante.
La Compañía tampoco responderá por:
1. Corrosiones, herrumbres o incrustaciones, raspaduras de superficies pintadas o pulidas, a menos que sean consecuencia de daños cubiertos por la Póliza sufridos por los bienes
asegurados.
2. Daños sufridos durante el transporte de los bienes al sitio del montaje, aun cuando tales daños sean advertidos posteriormente.
3. Sanciones impuestas al Asegurado por incumplimiento de los contratos de compraventa y montaje de los bienes asegurados, así como por defectos de estética y deficiencia de capacidad y/o de rendimiento.
4. Faltantes que se descubran al efectuar inventarios físicos o revisiones de control.
5. Daños o defectos de bienes asegurados, existentes al iniciarse el montaje.
6. Los gastos de una reparación provisional y los daños ocasionados a los bienes asegurados o a otros bienes que sean o no objeto de la reparación provisional efectuada. El
Asegurado tendrá la Obligación de notificar a la Compañía cualquier reparación provisional, indicando todos los detalles.
7. LMA-5394: Cláusula de enfermedades contagiosas
 
** Exclusiones Póliza de Aseguradora Guatemalteca**